QUIEN INCURRA EN FRAUDE EN LOS EXÁMENES DE ADMISIÓN SE HARÁ ACREEDOR A LAS SIGUIENTES SANCIONES :
RTA: DE ACUERDO CON EL ARTICULO 12
- Cuando se trate de suplantación de personas o documento, pérdida definitiva del derecho de inscripción, sin perjuicio, de las sanciones penales a que hubiere lugar.
- Cuando se trate de copia o retención del material de examen, anulación de la prueba, pérdida definitiva del derecho a presentar el examen de admisión o cancelación de la matrícula. Si ésta estuviere vigente.
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